Se hace oficial ha sido publicado en el diario oficial de la federación el acuerdo ACUERDO número 16/06/21 por el que se regulan las acciones específicas y extraordinarias relativas a la conclusión del ciclo escolar 2020-2021, en beneficio de los educandos de preescolar, primaria y secundaria ante el periodo de contingencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). No habrá reprobados
En dicho acuerdo se señala que para este ciclo escolar 2020-2021 no habrá alumnos reprobados en los niveles de educación primaria y secundaria. De acuerdo a estas disposiciones para los alumnos que estuvieron en constante comunicación durante los tres períodos tendrá una calificación mínima de 6, es decir, serán acreditados y promovidos conforme a las disposiciones previstas en el ACUERDO 11/03/19, a excepción del criterio de asistencia conforme al numeral Noveno del ACUERDO 26/12/20.
Para el caso de los alumnos que tuvieron una comunicación intermitente se llevarán las siguientes disposiciones:
Las alumnas y los alumnos con los que se mantuvo un nivel de comunicación y participación intermitente en uno, dos o los tres periodos de evaluación y, en caso de que existan condiciones para ello, el docente del grupo o de asignatura realizará una valoración general de los conocimientos logrados durante el ciclo escolar o de los periodos de evaluación sin información, para ello podrá considerar la realización de tareas, trabajos, actividades académicas extraordinarias adicionales, u otros aspectos que demuestren los aprendizajes y saberes adquiridos del educando. Cuando se trate de educandos con discapacidad, la valoración general deberá realizarse considerando las características y formatos accesibles que se han implementado para la atención de los que enfrentan barreras para el aprendizaje y la participación.
Casos excepcionales donde no se pueda realizar una valoración global:
En caso de que no existan condiciones para llevar a cabo la valoración general del educando, se deberá registrar en la boleta de evaluación la leyenda «Información insuficiente» conforme lo señalado en el numeral Séptimo del ACUERDO 26/12/20. En estos casos, la calificación se reportará hasta que se concluya el periodo extraordinario de recuperación, con lo que se establecerá una calificación global del grado o asignatura correspondiente al ciclo escolar 2020-2021.
Las alumnas y los alumnos con los que se mantuvo el nivel de comunicación prácticamente inexistente, se deberá registrar en la boleta de evaluación la leyenda «Sin información» conforme a la siguiente:
1. En educación preescolar se deberá registrar en el apartado correspondiente a «Observaciones y sugerencias sobre los avances de aprendizaje».
2. En educación primaria y secundaria, se registrará en el espacio de «Observaciones o recomendaciones generales del docente» y se deberá cancelar el espacio de la calificación numérica con un guion en medio, en estos casos, la calificación se reportará hasta que se concluya el periodo extraordinario de recuperación, obteniendo la calificación global del grado o asignatura correspondiente al ciclo escolar 2020-2021.
Consulta esta información en el DOF – Diario Oficial de la Federación
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